El Institut Català del Sòl (Incasol) es una entidad creada por la Generalidad de Cataluña que se encarga de gestionar todas las materias de urbanismo que competen a la Generalidad. Esta institución posee una dimensión comercial y depende de la Consejería de Territorio y Sostenibilidad y Vivienda. Entre sus labores están la de gestionar la fianza de los alquileres y promover vivienda pública. Es decir, se trata del Instituto Catalán del Suelo.
De este modo, todos los propietarios de Cataluña que firmen un contrato de alquiler deberán depositar en el Incasòl la fianza solicitada en el contrato en un plazo de igual o inferior a dos meses. Una vez finalizado el contrato, será el organismo quien devuelva la fianza bajo petición del arrendador, que es la única parte con poder para hacerlo.
El dinero que se recauda con dicha fianza debe invertirse en la construcción de viviendas públicas, preferiblemente en promociones de casas en alquiler y actuaciones directas en procesos de renovaciones urbanas.
Si no se deposita la fianza, el organismo puede sancionar al propietario y el inquilino no podría desgravarse el alquiler de la Declaración de la renta.
Según explica Mundo Jurídico, las sanciones por no depositar la fianza de alquiler en Cataluña dependerán del tipo de infracción, que la Generalitat de Cataluña clasifica en leves o graves.
Si el ingreso del depósito se hace con posterioridad a los dos meses desde la formalización del contrato de alquiler, se establecen una serie de recargos que van desde un 5% hasta un 20% del importe de la fianza si no interviene la inspección (dependiendo de cuando se ingrese), y si interviniesen los servicios de inspección será de un 25%. A esas cantidades habrá que sumarle los intereses de demora.
Además de estos recargos e intereses, el régimen de sanciones por no depositar la fianza de alquiler en Cataluña establece que cuando se trate de una infracción leve se impondrá una multa que no podrá superar el 35% del importe de la fianza con un límite de 3.000 euros. Y cuando se trate de una infracción grave, la multa será del 35% al 75% del importe de la fianza no depositada.
El Avalloguer es el seguro que ofrece el Incasòl: es un régimen de coberturas que consiste en asegurar a las personas arrendadoras de viviendas, con contratos formalizados al amparo del artículo 2 de la Ley 29/1994, de arrendamientos urbanos la percepción de una cantidad, en el caso de instar un proceso judicial de desahucio por falta de pago de la renta conforme a las condiciones y los requisitos que establece la normativa.
Fuente: Idealista
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